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Reparto de utilidades, con fecha límite de pago al 30 de Mayo: CCEP

 

* Las empresas obligadas realizaron el pago de utilidades correspondiente al ejercicio 2024, con base en la declaración anual del ISR.

* La Ley Federal del Trabajo establece criterios claros para calcular la PTU, considerando los días trabajados y el salario anual.

 

PUEBLA, Pue.- El reparto de utilidades es, como cada año, uno de los beneficios más esperados por las y los trabajadores en México. Este derecho constitucional permite recibir un ingreso adicional en reconocimiento al esfuerzo y la productividad alcanzada en las compañías, dio a conocer Juan Carlos Silva Ramírez, miembro de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social, del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla (CCPEP).

 

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) consistió en distribuir entre el personal una parte de las ganancias generadas durante el ejercicio fiscal de 2024. La base para calcularla se presentó ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

 

En rueda de prensa, explicó que, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tienen derecho a recibir el 10 por ciento de las ganancias anuales de las empresas. Para determinar el monto correspondiente a cada persona trabajadora, se consideran dos factores principales: los días laborados durante el año y la proporción del salario anual obtenido. Este importe se encuentra limitado conforme a los topes establecidos en la reforma legislativa de 2021.

 

En su oportunidad, Darío Zamorano Mendoza, presidente del Comité Ejecutivo, explicó que las empresas que obtuvieron utilidades y están obligadas al reparto de la PTU realizaron el pago a sus trabajadores dentro de los 60 días posteriores a la presentación de su declaración anual del ISR. En el caso de las Personas Morales, la declaración se presentó a partir del 31 de marzo de 2025, por lo que el pago de la PTU puede efectuarse hasta el 30 de mayo de 2025. Para las Personas Físicas con actividad empresarial, la declaración se presentó a partir del 30 de abril, y el pago correspondiente puede realizarse hasta el 29 de junio de 2025.

 

La LFT también establece que tienen derecho al reparto de utilidades aquellos trabajadores que hubieran laborado al menos 60 días durante el año 2024.

 

En los casos en los que un trabajador no reciba el pago de la PTU o reciba un pago incompleto, cuenta con un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite de pago, para reclamar su derecho. Para ello, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde recibirá orientación jurídica gratuita para facilitar el acceso a este beneficio.

 

Asimismo, los trabajadores pueden presentar una denuncia ante la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo, proporcionando los datos de la empresa incumplida. Esta denuncia puede realizarse por correo electrónico, vía telefónica o de forma presencial.

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